Según la Ley 1032/96, las comunas tienen el compromiso de transferir a los Consejos Locales de Salud este porcentaje de sus Fondos Genuinos, en el marco de la Descentralización en Salud.En Itapúa, doce comunas no aportaron y varias no llegaron al 5%.Además, es requisito indispensable la rendición de cuentas para el desembolso de los fondos.
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Desde el 2008, se implementa progresivamente la transferencia de Fondos de Equidad a los Consejos de Salud legalmente constituidos, como complemento a los recursos asignados presupuestariamente a las Regiones Sanitarias a nivel nacional, lo que permite contribuir con la cobertura de gastos de funcionamiento de los Hospitales Regionales, Distritales, Centros y Puestos de Salud.
En ese contexto, durante el 2017, el Ministerio de Salud transfirió G. 32.253.085.000 a todas las regiones del país, y se encuentran en proceso de transferencia G. 5.741.000.000. El requisito indispensable es la rendición de cuentas para el cobro de Fondos de Equidad, la cual debe ser presentada en tiempo y forma.
Cabe señalar que los Consejos de Salud pueden recibir recursos de otras fuentes de financiamiento, entre las que figuran:
• Aporte Municipal (5% de sus ingresos corrientes, establecido en el Art. 10º, inc. a) Decreto 19.966/98, de la Ley 1.032/96.
• Aporte de la Gobernación.
• Aporte de otras instituciones u organizaciones.
• Aportes de la comunidad, y recursos obtenidos de gerenciamientos realizados.
El Artículo 10º, Decreto 19.966/98, de la Ley 1032/96, expresa que el requisito para que la Municipalidad se integre al proceso es destinar el 5% del presupuesto anual municipal para el financiamiento del servicio de salud. También dispone la inclusión del servicio local del distrito dependiente del MSPyBS en el proceso, y la transferencia temporal de sus recursos financieros, económicos y físicos al gobierno municipal para gerenciar localmente, todo a través de la firma de un “Acuerdo de descentralización administrativa de salud”.
Con la promulgación de la Ley 1.032 y su reglamentación, se inició un proceso participativo de reforma del sector salud, con un modelo descentralizado de la gestión de los servicios de salud. En este contexto normativo, se promocionan los Sistemas Locales de Salud. Éstos conforman un espacio social democrático que asegura la representatividad de los intereses locales, mediante la participación de la población en una alianza de co-responsabilidad con el sector público local y central. Esta relación facilita el ejercicio de control social sobre las acciones públicas y desarrolla el compromiso de participar en la solución de los problemas, dejando de ser meros espectadores o beneficiarios clientelistas de la gestión pública.
Durante el 2017, los Consejos recibieron G. 10.932.639.406 en concepto de aportes municipales.
¿En qué se utiliza los fondos de equidad?
En el pago a médicos, enfermeras, obstetras, bioquímicos, limpiadores, compra de medicamentos para internados y ambulatorios, artículos de limpieza y útiles de cocina, combustible para traslado de pacientes, equipos médicos como sillón odontológico, equipos de laboratorio e informáticos.
El equipo de la Dirección General de Descentralización en Salud realiza seguimiento y acompañamiento constante a los administradores de los Consejos de Salud, los cuales se trasladaban hasta esta dependencia para recibir capacitaciones y realizar la entrega de los legajos de rendición. Además, efectúa asistencia técnico-administrativo para la reestructuración de los Consejos Regionales y Locales de Salud, y participa en jornadas de mediación de conflictos entre autoridades nacionales, regionales, locales y miembros de la comunidad.
¿Quiénes participan en el Consejo Local de Salud?
Pueden participar todas las instituciones, organizaciones de la sociedad civil que presten servicios o realicen actividades relacionadas con la salud y el bienestar de la población.
Sociedad civil organizada: Cooperativas, Organizaciones no Gubernamentales, Juntas de Saneamiento, Comisiones Vecinales, Gremios de salud, Clubes deportivos, organizaciones sin fines de lucro, Cooperadoras escolares, etc.
Autoridades del gobierno local: Intendencia y miembros de Juntas Municipales.
Sectores privados en salud: sanatorios privados, laboratorios, farmacias.
Otras autoridades locales: autoridades de instituciones educativas públicas y privadas: colegios, escuelas, universidades, bomberos, policía, iglesia, jueces de paz, etc.
Situación de Itapúa
Hasta la fecha, el Ministerio de Salud, a través de su presupuesto 2017, realizó cinco transferencias de fondos de equidad a los 31 Consejos de Itapúa, por valor de G. 3.507.500.000.
Aún están pendientes de transferir G. 701.500.000, monto que estará disponible para los Consejos que hayan presentado su rendición de cuentas en tiempo y forma.
“El Ministro ha hecho las diligencias para transferir este monto pendiente la semana próxima. Cabe remarcar que, el Ministerio de Salud siempre depende del Plan de Caja disponible para realizar estas transferencias”, afirma el Director General de Descentralización en Salud de la cartera estatal, Lic. Cristino Penayo Recalde.
Es importante señalar que, de las 31 municipalidades del séptimo departamento del país, 12 no aportaron el 5% de su presupuesto anual para el financiamiento de los servicios de salud. Las cuales son:
1. Encarnación.
2. Fram.
3. Coronel Bogado.
4. Tomás Romero Pereira.
5. Capitán Miranda.
6. Obligado.
7. Mayor Otaño.
8. Nueva Alborada.
9. Jesús.
10. Santísima Trinidad.
11. Itapúa Poty.
12. Edelira.
Igualmente, el director general de Descentralización hace hincapié en que varios municipios que están aportando no lo hacen según lo establecido en la Ley 1032/96. “Algunos no alcanzan a transferir el 5% de su presupuesto genuino, lo que impacta negativamente en el manejo administrativo de los Consejos de Salud, teniendo en cuenta que es una co-responsabilidad establecida en el marco del Programa de Descentralización”, agrega Penayo.