El Ministro Carlos Morinigo, abordado sobre cuestiones de administración y finanzas destinadas para compra de medicamentos oncológicos, expuso que en el 2017 se promulgó el decreto para una ampliación presupuestaria de G. 3.000 millones para cubrir gastos, pero que los mismos no fueron utilizados debido a la cercanía del cierre del ejercicio fiscal, así como por cuestiones burocráticas del sistema público. “La salud no es matemática, es biología humana y varía según el tiempo”, dijo.
Con respecto al comunicado que el
Ministerio de Hacienda, que hizo referencia a que el mismo deslinda toda
responsabilidad sobre insumos para enfermos oncologicos autorizado por la Ley
5.980/17 que amplia el presupuesto del Ministerio de Salud por iniciativa parlamentaria,
en el rubro 846, subsidio y asistencia social a personas y familias del sector
privado de escasos recursos, se aclara que ciertamente al aprobarse la ley en
cuestion del Ministerio de Salud contaba
con creditos presupuestarios en el mencionado rubro, pero los mismos ya estaban
provisionados segun las solicitudes ingresadas y que se encontraban en proceso
de construccion del expediente para procesarse al pago, conforme a los
requisitos exigidos en la normativa, por lo que no se refleja en la ejecucion.
Cabe mencionar que es el
Ministerio de Hacienda conforme con los privilegios de acceso presupuestario,
es responsable de impactar en dicho sistema los creditos asignados por la Ley
referida, y tiene la facultad o atribucion que de oficio de programar el Plan
Financiero Institucional de los OEE, en los casos que sean aprobadas leyes
referentes, a modificaciones presupuestarias, cuando la entidad no haya
solicitado la modificacion del Plan financiero, para su aprobacion; en
cumplimiento con el Art. 9 del Decreto N° 6.826.
Por otro lado, la implementacion
operativa de la Ley exigia que el Ministerio de Salud cuente con Plan Financiero
disponible a ser disminuidos en el rubro 350 (programas de inversion) al
momento de la ley, y conforme con el sistema de administracion financiera del
Estado se visualiza que al 30 de noviembre de 2017, la cartera sanitaria
carecia de dicha disponibilidad; por lo que resulta que mediante imposible la
programacion del sistema financiero y se establecen normas y procedimientos para
la ejecucion de la Ley 5.543/2016, del PGN2017-
Sumado a esto, cabe mencionar que
la Ley N° 5.980/2017, exigia reprogramar los fondos de salud, provenientes del
FONACIDE, en tipo de presupuesto de inversion, y no programas de accion del
cual segun estructura presupuestara el INCAN forma parte, por lo que dificulta
su aplicacion.
Es bueno resaltar que los tiempos
administrativos financieros con su plazo no permitian aplicar algun tipo de
estrategia que vialicen la utilizacion de dichos recursos, al estar practicamente
al cierre del ejercicio fiscal.
“El presupuesto de salud varia de
acuerdo al tiempo y la situacion epidemiologica por la que atraviesa la salud
publica. La salud no es matematica, es biologia humana y varia segun el tiempo.
Es categorico que el presupuesto de salud es deficitario y que no llegamos a
todo porque la cantidad de pacientes que acuden a salud publica se ha
quintuplicado en comparacion de anos anteriores”, expreso el Ministro de Salud,
Dr. Carlos Morinigo.