Vulneración de derechos de niños y adolescentes deben ser denunciados

Maltrato sicológico y físico, abuso sexual y otras formas de violencia.
Si el profesional de la salud detecta cualquiera de estas formas de violencia, debe comunicar a las instancias pertinentes.
Misma recomendación va para la ciudadanía ante conocimiento o sospecha de violencia contra menores de edad.


Toda vulneracion de derechos y presuncion de maltrato y abuso son situaciones que deben ser informadas a las instancias pertinentes. 

El personal de salud debe comunicar y denunciar si detecta o presume que un nino o adolescente este atravesando por una situacion de maltrato sicologico y/o fisico, abuso sexual y otras formas de violencia, explotacion o violacion de derechos.

Si existiera duda por parte del personal de salud, la situacion debera ser comunicada ala Defensoria de la Ninez y la Adolescencia a fin de que se tomen las medidas de proteccion correspondientes. Se debe tener presente que el hecho de ser nina, nino o adolescente coloca a la persona en una situacion que requiere mayor proteccion, se especifica en la Guia de los Derechos de la Ninez y la Adolescencia en los Servicios de Salud.

Se insta igualmente a la ciudadania que, si conoce algun caso de violencia o sospecha que alguien (vecino, pariente o conocido) sea nino/a o adulto esta siendo victima de agresion, fisica o sexual, remita su denuncia a la Fiscalia o a la Comisaria mas cercana.

Embarazos en ninas y adolescentes

Embarazo en ninas hasta 14 anos de edad. Se presume que es a consecuencia de un abuso sexual por carecer la persona de suficiente madurez para dar su consentimiento a la relacion sexual. Esta situacion se debe comunicar a la Defensoria de la Ninez y la Adolescencia, la que solicitara al Juzgado de la Ninez y la Adolescencia las medidas de proteccion para la nina madre y la criatura en gestacion. Tambien se debe denunciar a la Fiscalia Penal para la persecuciondel hecho punible, ya que constituye un delito tipificado en el Codigo Penal.

Embarazo de adolescentes entre 14 y 16 anos de edad fuera del matrimonio. Esta situacion requiere denuncia a la Fiscalia Penal. El Codigo Penal recoge como delito el estupro definido, en su articulo 137, como toda relacion extramarital: 1°.- El hombre que por medio de la persuasion lograra realizar el coito extramarital con una mujer de catorce a dieciseis anos, sera castigado con pena de multa. 2º.- Cuando el autor sea menor de dieciocho anos se podra prescindir de la pena. Al personal de salud corresponde la denuncia o comunicacion, la investigacion de los hechos esta a cargo del Ministerio Publico.

Para realizar la denuncia no se requiere conformidad de padres, madres o representantes legales. Es necesario recalcar que el profesional de salud esta obligado a denunciar estos hechos.