Revacunación contra la fiebre amarilla no está contraindicada

Hasta el 2016, en nuestro país se hacían refuerzos cada 10 años.
Durante vacunación masiva en el brote del 2008, no se registró ningún caso de fallecimiento por reacción adversa a la antiamarílica.
Personas que viajarán a Bahía, Río de Janeiro, San Pablo y Espíritu Santo deben estar vacunadas y contar con el carnet que lo acredite.


Hasta el 2016, en nuestro país se hacía el refuerzo de la vacuna antiamarílica cada diez años, por lo cual no está contraindicada la revacunación de una persona que deba viajar a zonas de riesgo y no cuente con el documento que acredite haberla recibido. 

Se trata de una medida que busca proteger a la población de una enfermedad que puede tener un curso grave, y evitar que el virus de la fiebre amarilla se reintroduzca al país, que hace años no presenta casos autóctonos, a pesar de que en el Brasil existe circulación y ahora un brote muy importante en cuatro Estados: Bahía, Río de Janeiro, San Pablo y Espíritu Santo.

La Dra. Águeda Cabello, titular de la Dirección General de Vigilancia de la Salud, enfatizó que, durante el brote registrado en nuestro país en el 2008, la vacunación a la población fue masiva, y no existió ningún caso de fallecimiento como consecuencia de alguna reacción adversa a la dosis antiamarílica. 

“Sí hay que tener en cuenta que, como toda vacuna, puede existir reacción en algunos casos ya inclusive en la primera aplicación”, añadió la epidemióloga.

Este martes, el Ministerio de Salud, la SENATUR y la Dirección General de Migraciones dieron a conocer la Resolución Sanitaria Nº 033/201, que establece la obligatoriedad de contar con el Certificado Internacional de Vacunación contra la fiebre amarilla a viajeros nacionales o extranjeros que se dirijan o procedan de los Estados de Brasil considerados zonas de riesgo: Bahía, Río de Janeiro, Espíritu Santo y San Pablo. 

Así también, en la disposición se resalta que todo ciudadano paraguayo que provenga de una zona de riesgo y no posea su carnet de vacunación debe ser sometido a un control sanitario por un periodo de diez días, a partir de su ingreso.

Determina además que, si por razones médicas, una persona que requiera viajar a zonas de riesgo no pueda ser vacunada contra la fiebre amarilla, y no cuente con el carnet de vacunación, deberá justificar con un certificado médico expedido por el MSPyBS.

En el caso de que una persona no presente el certificado internacional de vacunación contra la fiebre amarilla, no será autorizada a ingresar o salir del país, excepto los casos citados anteriormente.