Según la Ley 1626/200 el funcionario o personal contratado debe abstenerse de usar distintivos de partidos políticos en horario laboral y evitar pegatinas o pintatas para el mismo efecto.
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Mediante la Circular N° 8/2018 el Ministerio de Salud
Pública y Bienestar Social recuerda la vigencia de la Ley N° 1626/2000 la cual
estipula la prohibición a todo funcionario o personal contratado a ocupar
tiempo de la jornada de trabajo o utilizar personal, material o información reservada
o confidencial de la dependencia que ejerce cualquier tipo de actividades
políticas. También prohíbe vestir o cargar insignias o uniformes de naturaleza
proselitista en horario laboral dentro de las dependencias de la Institución
(art. 60, inc. D y E).
El Código Electoral paraguayo establece la prohibición de
fijar carteles o colocar letreros de propaganda electoral en edificios públicos
nacionales, departamentales y municipales (art. 296). Asimismo, la propaganda
electoral por altoparlantes fijos o móviles no puede propalar sonidos
amplificados a menos de 200 metros de hospitales (art. 298).
La cartera sanitaria insta a las autoridades de las
distintas dependencias del Ministerio de Salud Pública y a los funcionarios en
general a que, en caso de detectarse este tipo de conductas prohibidas, por
parte de algún funcionario o de manera particular, formulen la correspondiente
denuncia según dispone el art. 57 inc. H de la Ley N° 1626/200 y el art 297 del
Código Electoral Paraguayo.
La denuncia deberá realizarse ante la Unidad Anticorrupción
de este Ministerio, a través del portal web: www.denuncias.gov.py, a la línea directa
021 206 266en las oficinas de la Unidad (Avda. Pettirossi y Brasil – Planta Baja)
o al mail anticorrupción.mspbs@gmail.com.
Las denuncias pueden ser anónimas y deberán contener los datos necesarios que
permiten la identificación de las personas involucradas en el hecho, las
circunstancias del mismo y los elementos de prueba correspondiente, en caso de
que existieren. Todo ello con el fin de imprimir los procedimientos tendientes a
la aplicación de las sanciones previstas en la legislación vigente.