En cumplimento de la Resolución ministerial, desde hoy se venderá obligatoriamente medicamentos que tengan actividad antibiótica de uso doméstico, bajo receta simple archivada.
El Ministro de Salud Publica y Bienestar Social, Dr. Julio
Mazzoleni, resolvio que se establece la venta obligatoria de antibioticos bajo
receta medica. “El uso indiscriminado, inapropiado, la automedicacion, la
compra sin prescripcion medica y el uso irracional puede contribuir a la
resistencia a los antibioticos, esta resistencia puede ser la diferencia entre
la vida y la muerte en pacientes muy graves”, argumento Mazzoleni sobre la
medida adoptada.
El titular de Salud Publica ha tomado la decision de que
partir de hoy 1 de noviembre los medicamentos antibioticos va a ser
prescriptos; y solamente comercializados bajo receta simple archivada. Esto se
debe a que infecciones, relativamente sencillas, o no muy graves podrian
convertirse en infecciones que puede poner en riesgo la vida misma, por el uso
indiscriminado de antibioticos.
Los establecimientos habilitados por la Direccion Nacional
de Vigilancia Sanitaria deberan conservar la receta simple archivada por el
termino de dos anos, asentando diariamente las dispensadas en el libro diario.
Las recetas tendran validez de 5 dias desde su emision y debe contar con los
siguientes datos:
Nombre, numero de cedula, diagnostico, contener leyenda de
caracteres indeleble, facilmente legible y visible “valido por cinco dias de su
emision”; firma y sello del medico prescriptor con el numero de registro
profesional.
La Direccion Nacional de Vigilancia Sanitaria ejercera los
controles correspondientes para garantizar el cumplimiento de la resolucion y
se otorga un plazo de 180 dias para que el titular del registro sanitario de
medicamento que tenga actividad antibiotica, realice las adecuaciones
correspondientes en el mismo a fin de modificar su condicion de venta.
Se prohibe de igual modo las “muestras medicas”, que tengan
actividad antibiotica, a partir del ano entrante. “Todos los antibioticos de
uso sistemico, los que se inyectan o los que se consumen via oral; no asi los
antibioticos de uso topico”, son los que estan reglamentados en esta resolucion.