El Presidente de la República promulgó el reglamento de la ley de trasplantes de órganos y tejidos anatómicos humanos, conocido como “Ley Anita”. Con esta reglamentación, todo ciudadano paraguayo es considerado donante de órganos, salvo que se deje por sentada la manifestación de oposición.
Mediante decreto N° 2162, el Presidente de
la Republica, Mario Abdo Benitez, reglamento las leyes 1.246/98 (de trasplantes
de organos y tejidos anatomicos humanos) y la ley 6.170/2018 que modifica
varios articulas de la normativa anterior; ademas del FONACIDE y el FEEI. Con este
documento todos los paraguayos son potenciales donantes, salvo incompatibilidades
o manifestacion de oposicion.
El documento establece que la ablacion e
implantacion de organos se realizara una vez agotadas todas las alternativas
terapeuticas para mejorar la salud, siendo el Instituto Nacional de Ablacion y
Trasplante el encargado de realizar los siguientes procedimientos:
- Trasplante de corazon, vasos y estructura
valvulares
- Trasplante de pulmon
- Trasplante de higado
- Trasplante de pancreas
- Trasplante de intestino
- Trasplante de rinon y ureter
- Trasplante de elementos del sistema
osteoarticular y musculo esqueletico
- Trasplante de piel
- Trasplante de cornea y esclera
- Trasplante de tejidos del sistema
nerviosos periferico
- Trasplante de membrana amniotica
El INAT habilitara el Registro Nacional de
Oposicion a la Donacion de Órganos y Tejidos en la que se inscribiran las
personas para que no se proceda a la ablacion de sus organos, una vez producido
su deceso.
Las manifestaciones de oposicion tambien
podran ser realizadas ante el Departamento de Identificaciones de la Policia
Nacional, al momento de la renovacion de la cedula de identidad, y ante la
municipalidad de su localidad, al momento de la renovacion del registro de
conducir. En ambos documentos se deberan consignar la oposicion a la donacion. Este
tramite no tendra un sobre costo a los establecidos por las instituciones.