Con CODENI Santa Rita, visitan a padres que niegan vacunación a niños

La ley 4.621, denominada "ley de vacunas", menciona el derecho del niño a ser protegido mediante las vacunas.


Integrantes de la USF Santa Rita Centro, en una actividad conjunta con la CODENI (Consejería Municipal de los Derechos del Niño, la niña y el adolescente), visitaron los hogares en donde los padres de familia han rechazado las vacunas.

Los profesionales explicaron detalladamente los beneficios de los biológicos para proteger a los niños y también aclaró que, en algunos casos, se presentan efectos o reacciones normales, dependiendo de las defensas de cada organismo.

El equipo, encabezado por la Lic. en enfermería Mirian Vázquez, el Médico Hugo Alfonso y la Sra. Celsa Zorrilla, encargada de la CODENI Santa Rita, procedió a aplicar las vacunas en la comunidad de Santa Lucia, actualizando esquemas de vacunación incompletos.

La ley de vacunas menciona, entre otros aspectos:

Se administrarán las vacunas que formen parte del Esquema Nacional de Vacunación, en los términos y las condiciones señaladas en dicho Esquema; así como aquellas que el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social determine en situaciones extraordinarias, como elemento básico para el pleno ejercicio del Derecho a la Protección de la Salud.

Todos los habitantes de la República estarán obligados a someterse a la inmunización contra las enfermedades prevenibles por vacunación, con sujeción a los programas nacionales.

Las mujeres en estado de gravidez que por cuestiones de orden médico no estén autorizadas por el médico tratante a someterse a la vacunación, quedarán exentas de la obligación correspondiente.

Todo menor de edad deberá ser inmunizado de acuerdo con lo previsto por esta Ley y conforme a las disposiciones que dicte el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.

Los padres, representantes, tutores o encargados de la custodia de un menor, serán responsables del cumplimiento de esta obligación.

Igual responsabilidad, tendrán los directores o administradores de instituciones públicas o privadas que tengan bajo su cuidado u hospedaje a niños menores de edad. Lo mismo que aquellas personas que tengan bajo su dependencia a menores, con el objeto de educarlos o protegerlos.