Ley que regula trasplante de médula ósea, hito en salud pública

Se trata de la Ley N° 6.487, promulgada el 3 de enero del 2020 por el Poder Ejecutivo, para dar respuesta a paraguayos que necesitan trasplante de médula ósea.


La Ley N° 6.487 "Que regula la obtencion, preservacion y utilizacion de celulas progenitoras hematopoyeticas humanas para trasplante y asigna recursos adicionales para el fondo solidario de trasplantes” fue promulgada por el Ejecutivo el 3 de enero de este ano, marcando un hito en la historia de la salud publica del pais.

En el ambito de esta Ley, todo procedimiento relacionado al trasplante debera regirse por los siguientes principios:

Respeto por la dignidad humana en todas sus dimensiones.

Respeto por la autonomia de la voluntad como fundamento etico y legal de toda intervencion medica.

Solidaridad y justicia distributiva en la asignacion de celulas.

Equidad en el acceso a los tratamientos de trasplante.

Extrapatrimonialidad del cuerpo humano.

La atencion integral de las personas.

La observancia de los principios eticos en el desarrollo y promocion de toda actividad de investigacion vinculada a trasplante, basada en los adelantos cientificos.

La autosuficiencia, entendida como el desarrollo de politicas y estrategias que permitan maximizar la disponibilidad de celulas, a fin de garantizar la disminucion progresiva en las listas de espera.

Voluntariedad, altruismo y gratuidad en la donacion.

En su articulo 17, se dispone la creacion del Registro Nacional de Donantes de Celulas Progenitoras Hematopoyeticas Humanas, dependiente del Instituto Nacional de Ablacion y Trasplante (INAT), del Ministerio de Salud. El registro sera depositario de los datos identificados y de filiacion de los potenciales donantes, y debera registrar, ademas, toda informacion derivada de los estudios de histocompatibilidad de celulas progenitoras hematopoyeticas realizadas en los Laboratorios nacionales habilitados por la autoridad de aplicacion o en Laboratorios de otros paises que tengan convenio con el INAT en las condiciones y plazos que determine la reglamentacion. Los centros de captacion, de donantes, de tipificacion y de registro informatico seran habilitados segun las reglamentaciones de la autoridad de aplicacion.

Mediante de esta ley, queda establecido que los procesos de busqueda de donante no emparentado para pacientes de nacionalidad paraguaya con indicacion de trasplante de celulas progenitoras hematopoyeticas humanas, que deban realizarse en el registro internacional de donantes, seran efectuados exclusivamente por el Registro Nacional de Donantes de Celulas Progenitoras Hematopoyeticas Humanas, dependiente del INAT, de conformidad a las reglamentaciones. En todos los casos, debera aprobarse la cobertura financiera de aranceles por parte de la entidad que otorgue cobertura al paciente o en su defecto mediante recursos del Estado, de conformidad a los requisitos y procedimientos que establezca la reglamentacion de esta Ley.

Igualmente, se crea la Red Nacional para la Obtencion, Preservacion y Utilizacion de Celulas Progenitoras Hematopoyeticas Humanas, bajo la coordinacion del INAT. Esta red incluye a centros de captacion, de donantes, de tipificacion, de preservacion, de registro informatico, de laboratorios y todo establecimiento donde se realicen procesos de diagnostico y tratamiento vinculados con la aplicacion de esta Ley.

¿Que son las celulas progenitoras hematopoyeticas?

Son celulas inmaduras que se puede transformar en todos los tipos de celulas sanguineas, como globulos blancos, globulos rojos y plaquetas: Se encuentran en la sangre periferica y en la medula osea y tambien son llamadas celulas madres sanguineas. La utilizacion de estas celulas progenitoras, eventualmente, pueden servir para solucionar casos de hemopatias malignas como la leucemia, aplasia medular y otras enfermedades.