Farmacéuticas cuentan con 60 días para el retiro total del producto Domperidona, como monodroga o asociado, por vía de administración parenteral (inyectable) y la destrucción de los mismos. Además, se estipula la cancelación de la renovación del registro sanitario.
""
Mediante Resolución Ministerial 0037, el Ministro de Salud
Pública y Bienestar Social, Dr. Julio Mazzoleni, ordenó el retiro del mercado
de las especialidades farmacéuticas registradas que contengan el principio
activo Domperidona, como monodroga o asociado, por vía de administración parenteral
(inyectable), debido a sospechas razonable de un riesgo para la salud de los
usuarios, en este caso niños.
Las farmacéuticas cuentan con 60 días para el retiro
correspondiente y la destrucción de los mismos, que quedará a cuenta de las empresas
que representan estos productos en el país, debiéndose presentar a la Dirección
Nacional Vigilancia Sanitaria un informe que indique la denominación comercial
de los productos retirados del mercado, cantidad, número de lote y acta de
destrucción correspondiente.
El incumplimiento de lo establecido en la resolución ministerial hará pasible de sanciones previstas en la Ley
1119/97 de “Productos para la Salud”, en el Código Sanitario y otras disposiciones
legales vigentes.