Fase 3 de Cuarentena Inteligente significa mayor compromiso

Para seguir avanzando pese a la pandemia del COVID 19, es necesario tomar todas las medidas de precaución para evitar la dispersión del virus. Use mascarilla obligatoriamente en lugares cerrados, o de contacto con otras personas, como la vía pública. 



El Gobierno Nacional implementa desde hoy la tercera fase en cuanto al avance de la Cuarentena Inteligente y se destaca acciones simples a cumplir para evitar la dispersión del virus. El uso de mascarillas es obligatorio, así como el frecuente lavado de manos y el distanciamiento físico.

Se debe evitar salir de casa, si no es necesario, más aún si presenta fiebre o síntomas respiratorios. No vaya al trabajo y comuníquese al 154 para indicaciones necesarias.

El MSPBS podrá ordenar el retroceso o la extensión de FASES por sectores o zonas, en caso de ser necesario para la protección de la salud pública y como resultado de la evaluación técnica realizada en cada fase.

Se dispone horario de desplazamiento durante la FASE 3 del Plan para todos los habitantes

05:00 a 23:00 domingos a jueves

05:00 a 00:00 viernes y sábados

Podrán llevarse a cabo las siguientes actividades y servicios (Todo lo de la FASE 2):

Locales gastronómicos (restaurantes) podrán operar dentro de los siguientes horarios

5:00 a 23:00 domingos a jueves

5:00 a 00:00 viernes y sábados

Con agendamiento previo, reserva de mesa, y con registro individualizado de las personas atendidas (nombre y apellido, documento de identidad, domicilio y número de teléfono). Esta información será utilizada exclusivamente por el MSPBS para el rastreo de contacto en la eventualidad de identificarse un caso COVID-19 positivo. La operación de estos locales estará sujeta a los protocolos aprobados por el citado Ministerio.

Las clases presenciales continúan suspendidas en todos los niveles.

Las prácticas laboratoriales, exámenes finales, defensas de tesis o equivalentes, correspondientes al nivel de Educación Superior, requeridas para la conclusión satisfactoria del año lectivo, podrán realizarse con el menor número posible y hasta con un máximo de 10 personas presentes en un mismo laboratorio o aula. El desarrollo de estas actividades estará sujeto a los protocolos aprobados por el MSPBS.

Las Academias podrán impartir clases individuales con protocolos aprobados por el MSPBS.

Se dispone que niños, niñas y adolescentes sólo podrán circular para realizar actividades físicas y artísticas según lo establecido en el decreto, y para atención médica de urgencia.

Los adolescentes trabajadores de programas protegidos y monitoreados por el Ministerio del Trabajo, Empleo y Seguridad Social podrán realizar actividades laborales protegidas.

Se mantiene el horario excepcional de trabajo para los funcionarios públicos de los Organismos y Entidades del Estado dependientes del Poder Ejecutivo, los días lunes a viernes desde las 08:00 hasta las 15:00.

Criterios para permitir la actividad física:

Se permite la actividad física para todas las personas en espacios al aire libre en grupos de hasta dos (2) personas.

Se permite la actividad física en academias, gimnasios, polideportivos y otros espacios cerrados (excluyendo aquellas actividades de contacto físico) segun protocolo aprobado del MSPYBS

Se deberá realizar un agendamiento previo y registro individualizado de las personas que asistan (nombre y apellido, documento de identidad, domicilio y número de teléfono) a fin quer el MSPBS realice un monitoreo de un eventual caso de COVID-19 positivo.

Se deberá asegurar un horario o espacio exclusivo para personas mayores de sesenta y cinco (65) años.

Las actividades recreativas y deportivas en espacios al aire libre realizadas por niños, niñas y adolescentes, deberán estar acompañadas al menos por una persona mayor de edad, evitando la interacción con otros menores fuera de su núcleo familiar inmediato, limitándose a la realización de actividad física.

Se prohíbe el uso de espacios comunes como áreas de juegos infantiles, máquinas para ejercicios y banquillos para sentarse.

Se dispone que los clubes sociales y deportivos podrán operar sus espacios al aire libre y espacios destinados a la práctica deportiva. Todas las demás áreas permanecerán cerradas al público.

Las actividades del sector cultural y creativo habilitadas en la FASE 2 más la sig. actividad:

Autocine y otras actividades culturales que respeten el distanciamiento físico en modalidades similares.

La realización de actos de culto, deberá llevarse a cabo garantizando 15m2 por persona y con un máximo de veinte (20) personas presentes, en base al protocolo previamente autorizado por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.

Los responsables de estos actos de culto, deberán organizar dichas actividades con agendamiento previo, manteniendo el registro individualizado de los intervinientes (nombre y apellido, documento de identidad, domicilio y número de teléfono). La información será utilizada por el MSPBS para identificar casos de COVID-19 positivo.