El Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social reitera los criterios para acceder al Fondo Nacional para cobertura de gastos de pacientes en cuidados intensivos por COVID-19, sea en el sector público, privado o previsional, reglamentado por Decreto N° 5.140/21.
Entre ellos se mencionan los siguientes: - Pacientes que ingresan a hospitales y sanatorios privados por cuenta de su seguro: se abonara la diferencia de lo no cubierto por el seguro y reaseguro, a partir de la solicitud realizada - Pacientes que ingresan a hospitales y sanatorios privados por medio del MSPyBS, sea del sector publico o previsional: se abonara hasta G. 13.000.000 por dia de internacion - Pacientes sin seguro que ingresan directamente a hospitales y sanatorios privados: se abonara hasta G. 13.000.000 por dia de internacion a partir de la solicitud realizada. En todos los casos: El Hospital o Sanatorio Privado debe comunicar al SEME el ingreso del paciente a UTI. El familiar, responsable, Hospital o sanatorio privado, si corresponde debe hacer llegar nota dirigida al Ministerio de Salud Publica, unicamente en formato digital al correo electronico secretaria.general@mspbs.gov.py solicitando acogerse a los beneficios de la ley, especificando la siguiente informacion: -Nombres y apellidos completos del paciente con N° de CI y nombre del hospital o sanatorio privado en el que se encuentra internado -Fecha y hora de ingreso, debe corresponder con historia clinica -Detalle de la cobertura del seguro medico y reaseguro si corresponde -Constancia de internacion en UTI con fecha y hora de ingreso emitida por el hospital o sanatorio -Con la nota presentada, el MSPyBS inicia el proceso de verificacion, para luego comunicar al hospital o sanatorio privado que el paciente es beneficiario de la ley.
