Criterios para acceder a la cobertura de gastos de pacientes en UTI

El Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social reitera los criterios para acceder al Fondo Nacional para cobertura de gastos de pacientes en cuidados intensivos por COVID-19, sea en el sector público, privado o previsional, reglamentado por Decreto N° 5.140/21.

Entre ellos se mencionan los siguientes:

- Pacientes que ingresan a hospitales y sanatorios privados por cuenta de su seguro: se abonará la diferencia de lo no cubierto por el seguro y reaseguro, a partir de la solicitud realizada

- Pacientes que ingresan a hospitales y sanatorios privados por medio del MSPyBS, sea del sector público o previsional: se abonará hasta G. 13.000.000 por día de internación

- Pacientes sin seguro que ingresan directamente a hospitales y sanatorios privados: se abonará hasta G. 13.000.000 por día de internación a partir de la solicitud realizada.

En todos los casos:

El Hospital o Sanatorio Privado debe comunicar al SEME el ingreso del paciente a UTI.

El familiar, responsable, Hospital o sanatorio privado, si corresponde debe hacer llegar nota dirigida al Ministerio de Salud Pública, únicamente en formato digital al correo electrónico secretaria.general@mspbs.gov.py solicitando acogerse a los beneficios de la ley, especificando la siguiente información:

-Nombres y apellidos completos del paciente con N° de CI y nombre del hospital o sanatorio privado en el que se encuentra internado 

-Fecha y hora de ingreso, debe corresponder con historia clínica

-Detalle de la cobertura del seguro médico y reaseguro si corresponde 

-Constancia de internación en UTI con fecha y hora de ingreso emitida por el hospital o sanatorio 

-Con la nota presentada, el MSPyBS inicia el proceso de verificación, para luego comunicar al hospital o sanatorio privado que el paciente es beneficiario de la ley.